Si
bien es cierto, la educación es un proceso lento y graduado por el cual se
transmiten un conjunto de conocimientos, costumbres, valores, actitudes,
comportamientos y formas de actuar que las personas como seres humanos deben
adquirir y emplear a través de toda su vida, además de aportar distintas
ópticas de como se ve el mundo que le rodea, todo esto permite desenvolverse de
manera participativa en sociedad.
Los
elementos referidos son transmitidos por la influencia que recibimos del
entorno social, durante toda la existencia, como individuos reciben estas
influencias, tomándolas en cuenta conforme a predisposiciones, de esta forma se
enriquece o modifica el comportamiento y valores dentro de un marco de
principios personales, los cuales pueden durar toda la vida o un breve periodo.
Como
se mencionó, la educación es un proceso lento y graduado, el cual va de la mano
con los distintos cambios, adaptándose a las nuevas generaciones, de esto se
desprende el enfoque de la aplicación de la ética, la moral y el civismo, el
cual han dependiendo de las reformas educativas se han introducido con unos u
otros nombres.
Comprender
de estas asignaturas como la ética y el civismo conlleva a suponer que los
estudiantes se están formando para vivir en un entorno de cordialidad, tanto
dentro como fuera de la institución, lo cual permite rechazar tajantemente la
discriminación, el racismo y la exclusividad; de este modo tanto estudiantes, personal
docente como administrativo están obligados ética, moral y profesionalmente a
aplicar las normas disciplinarias a fin de que el rechazo, la discriminación y
el racismo cambien por la inclusión, la tolerancia y el respeto hacia los
demás.
Desarrollo
La
convivencia cordial entre alumnos y maestro ha sido un factor determinante para
que los procesos de enseñanza y aprendizaje fluyan de óptima forma, en este
sentido es imprescindible que los docentes promuevan un entorno acorde a las
expectativas de los diversos grupos sociales de los que está conformada el
sector educativo, al respecto Latapi (20013) refiere que “el propósito de los
gobiernos republicanos al promover la educación moral de los niños y jóvenes
deriva de la relevancia de las conductas morales para la convivencia y la
estabilidad política” (p. 23).
En
este orden de ideas, se reafirma que la conducta moral propicia mejores
ambientes de convivencia dentro y fuera de la escuela, siguiendo al mismo
autor, quien indica de la introducción de materias como civismo y años más
tarde con el nombre de formación cívica y ética.
Ética
y Moral van generalmente de la mano, de acuerdo a Cortina (1996), "ética y
moral, en sus respectivos orígenes griego (êthos) y latino (mos), significan
prácticamente lo mismo: carácter, costumbres” (p. 15).
Ambas expresiones
se refieren, a fin de cuentas, a un tipo de saber que nos orienta para
forjarnos un buen carácter, que nos permita enfrentar la vida con altura
humana, que nos permita, en suma, ser justos y felices.
La
ciudadanía forma parte importante en el quehacer humano, pues dentro de ella se
vinculan los lazos afectivos, sociales y profesionales, sin embargo, hoy en día
no solo los espacios físicos y reales permiten la convivencia, pues con la
llegada de Internet y las redes sociales la interacción entre personas se ha
incrementado no importando barreras como el tiempo ni la distancia, al respecto
Castro y Rodríguez (2012) indican que, “comenzaron a surgir recientemente las
denominadas redes sociales, que son espacios virtuales de contacto e
intercambio de información entre usuarios que pueden estar en espacios físicos
muy distantes entre sí” (p. 133).
Por
otro lado, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917) en
su artículo 3°, Fracción II, inciso C indica sobre la convivencia en la
educación:
“Contribuirá
a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la
diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la
convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e
igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión,
de grupos, de sexos o de individuos,”
Evidentemente
se observa que la Carta Magna incluye a la diversidad cultural, estableciendo
los lineamientos para el respeto de etnias, razas, individuos entre otros. Así mismo en el artículo 39, capitulo sexto de
la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece:
“Niñas,
niños y adolescentes tienen derecho a no ser sujetos de discriminación alguna
ni de limitación o restricción de sus derechos, en razón de su origen étnico,
nacional o social, idioma o lengua, edad, género, preferencia sexual, estado
civil, religión, opinión, condición económica, circunstancias de nacimiento,
discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a ellos
mismos o a su madre, padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y
custodia, o a otros miembros de su familia.”
Con
la misma aplicación entre la Carta Magna, se incluye a los niños, niñas y
adolescentes a no ser discriminados bajo ninguna circunstancia.
Por
supuesto la praxis dista a veces mucho de la teoría, como el caso que presenta
Trejo (s.f.) al indicar sobre unas niñas con problemas de comportamiento y que,
por el mismo, fueron sujetas a burlas, rechazos, discriminación, ofensas y
agresiones, caso en el cual tuvieron que ser trasladadas a otra institución,
donde en la nueva escuela se les ofreció la ayuda que necesitaban y salieron
adelante.
Ante
situaciones problemáticas se debe aplicar las normas y a veces ajustar los
lineamientos, proponer ideas y servirse del apoyo de todo el personal de la
institución como de la sociedad, los directivos tanto como los docentes, deben tener
el tacto suficiente para no dejarse influenciar por padres de familia que solo
buscan el beneficio de sus hijos y no del colectivo en común.
Otro
evento semejante ocurre cuando se exponen en el artículo de González, Jiménez, Navarro y Cruz, (21
de agosto de 2014) en el Diario Excélsior donde un niño de nueve
años ataca a sus compañeros y maestros, se sale de control y es dado de baja de
la institución y puesto a disposición de las autoridades con los papás del
menor, en este artículo se hace énfasis que los casos de acoso escolar, los responsables
son los adultos, principalmente los padres y maestros.
El
acoso escolar, bullyng y hasta la discriminación en entornos escolares, explica
la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal no son de competencia
del Ministerio Público, sino que se trata de cuestiones administrativas que
podrían ser atendidas y tratadas por el DIF.
Conclusión
La
educación ha tenido avances significativos en materia de convivencia,
costumbres, principios, tales que han de formar a un estudiante para cuando salga
al mundo real, en este sentido, los maestros y los padres de familia tienen un
papel activo importante, pues los hijos y alumnos son un reflejo de ellos, y el
comportamiento que vean dentro y fuera de la escuela lo reproducirán en otros
entornos.
Las
medidas disciplinarias en cuanto a aplicación de normas son en algunas
ocasiones de carácter subjetivas, pues los que juzgan no tienen los elementos
suficientes para fallar a favor del alumno sin saber ciertamente si es culpable
o no.
Se
debe tomar en cuenta que detrás de un alumno agresivo, existe todo un entorno
familiar, social y escolar que orilla al estudiante a tomar conductas
negativas, aisladas o dañinas, esto propicia la discriminación por parte de los
compañeros e incluso por docentes carentes de ética profesional.
La
formación cívica y ética es fundamental para transmitir las competencias
necesarias para la inclusión y la convivencia armoniosa con la sociedad, además
construye ciudadanos con valores universales como el respeto, la equidad, la
justicia, la libertad, la solidaridad, la diversidad y la responsabilidad, para
que definan su conducta y carácter frente a la sociedad.
Bibliografía
Castro, M., & Rodríguez, A. (2012). Pensar en la
educación ciudadana en el México de hoy. Perfiles Educativos, 129-141.
Obtenido de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-26982012000500012&lng=es&tlng=es
Cortina, A. (1996). El quehacer
ético. Madrid: Aula XXI/Santillana.
Diario Oficial de la Federación.
(1917). Constitución Politica de los Estados Unidos Méxicanos. México:
Trillas.
Diario Oficial de la Federación.
(2014). Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
México: Trillas.
González, J., Jiménez, G., Navarro, M.,
& Cruz, F. (21 de agosto de 2014). Niño de nueves años hace
"bullyn" a compañeros y maestros. Diario Excelsior. Obtenido
de http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2014/08/21/977433
Latapí, P. (2003). El debato sobre los
valores en la esucela mexicana. Fondo de Cultura Económica, 13-38.
Trejo, S. (s.f.). Una oportunidad de
luchar. Contra laexclusión y el rechazo social desde la escuela. Obtenido de
http://convivejoven.semsys.itesi.edu.mx/cargas/Articulos/
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