lunes, 10 de junio de 2019

Recuperación histórica y consistencia en la aplicación de las normas


Introducción
Si bien es cierto, la educación es un proceso lento y graduado por el cual se transmiten un conjunto de conocimientos, costumbres, valores, actitudes, comportamientos y formas de actuar que las personas como seres humanos deben adquirir y emplear a través de toda su vida, además de aportar distintas ópticas de como se ve el mundo que le rodea, todo esto permite desenvolverse de manera participativa en sociedad.
Los elementos referidos son transmitidos por la influencia que recibimos del entorno social, durante toda la existencia, como individuos reciben estas influencias, tomándolas en cuenta conforme a predisposiciones, de esta forma se enriquece o modifica el comportamiento y valores dentro de un marco de principios personales, los cuales pueden durar toda la vida o un breve periodo.
Como se mencionó, la educación es un proceso lento y graduado, el cual va de la mano con los distintos cambios, adaptándose a las nuevas generaciones, de esto se desprende el enfoque de la aplicación de la ética, la moral y el civismo, el cual han dependiendo de las reformas educativas se han introducido con unos u otros nombres.
Comprender de estas asignaturas como la ética y el civismo conlleva a suponer que los estudiantes se están formando para vivir en un entorno de cordialidad, tanto dentro como fuera de la institución, lo cual permite rechazar tajantemente la discriminación, el racismo y la exclusividad; de este modo tanto estudiantes, personal docente como administrativo están obligados ética, moral y profesionalmente a aplicar las normas disciplinarias a fin de que el rechazo, la discriminación y el racismo cambien por la inclusión, la tolerancia y el respeto hacia los demás.



Desarrollo
La convivencia cordial entre alumnos y maestro ha sido un factor determinante para que los procesos de enseñanza y aprendizaje fluyan de óptima forma, en este sentido es imprescindible que los docentes promuevan un entorno acorde a las expectativas de los diversos grupos sociales de los que está conformada el sector educativo, al respecto Latapi (20013) refiere que “el propósito de los gobiernos republicanos al promover la educación moral de los niños y jóvenes deriva de la relevancia de las conductas morales para la convivencia y la estabilidad política” (p. 23).
En este orden de ideas, se reafirma que la conducta moral propicia mejores ambientes de convivencia dentro y fuera de la escuela, siguiendo al mismo autor, quien indica de la introducción de materias como civismo y años más tarde con el nombre de formación cívica y ética.
Ética y Moral van generalmente de la mano, de acuerdo a Cortina (1996), "ética y moral, en sus respectivos orígenes griego (êthos) y latino (mos), significan prácticamente lo mismo: carácter, costumbres” (p. 15).

Ambas expresiones se refieren, a fin de cuentas, a un tipo de saber que nos orienta para forjarnos un buen carácter, que nos permita enfrentar la vida con altura humana, que nos permita, en suma, ser justos y felices.

La ciudadanía forma parte importante en el quehacer humano, pues dentro de ella se vinculan los lazos afectivos, sociales y profesionales, sin embargo, hoy en día no solo los espacios físicos y reales permiten la convivencia, pues con la llegada de Internet y las redes sociales la interacción entre personas se ha incrementado no importando barreras como el tiempo ni la distancia, al respecto Castro y Rodríguez (2012) indican que, “comenzaron a surgir recientemente las denominadas redes sociales, que son espacios virtuales de contacto e intercambio de información entre usuarios que pueden estar en espacios físicos muy distantes entre sí” (p. 133).

Por otro lado, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917) en su artículo 3°, Fracción II, inciso C indica sobre la convivencia en la educación:
“Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos,”
Evidentemente se observa que la Carta Magna incluye a la diversidad cultural, estableciendo los lineamientos para el respeto de etnias, razas, individuos entre otros.  Así mismo en el artículo 39, capitulo sexto de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece:
“Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no ser sujetos de discriminación alguna ni de limitación o restricción de sus derechos, en razón de su origen étnico, nacional o social, idioma o lengua, edad, género, preferencia sexual, estado civil, religión, opinión, condición económica, circunstancias de nacimiento, discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a ellos mismos o a su madre, padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y custodia, o a otros miembros de su familia.”
Con la misma aplicación entre la Carta Magna, se incluye a los niños, niñas y adolescentes a no ser discriminados bajo ninguna circunstancia.
Por supuesto la praxis dista a veces mucho de la teoría, como el caso que presenta Trejo (s.f.) al indicar sobre unas niñas con problemas de comportamiento y que, por el mismo, fueron sujetas a burlas, rechazos, discriminación, ofensas y agresiones, caso en el cual tuvieron que ser trasladadas a otra institución, donde en la nueva escuela se les ofreció la ayuda que necesitaban y salieron adelante.
Ante situaciones problemáticas se debe aplicar las normas y a veces ajustar los lineamientos, proponer ideas y servirse del apoyo de todo el personal de la institución como de la sociedad, los directivos tanto como los docentes, deben tener el tacto suficiente para no dejarse influenciar por padres de familia que solo buscan el beneficio de sus hijos y no del colectivo en común.
Otro evento semejante ocurre cuando se exponen en el artículo de González, Jiménez, Navarro y Cruz, (21 de agosto de 2014) en el Diario Excélsior donde un niño de nueve años ataca a sus compañeros y maestros, se sale de control y es dado de baja de la institución y puesto a disposición de las autoridades con los papás del menor, en este artículo se hace énfasis que los casos de acoso escolar, los responsables son los adultos, principalmente los padres y maestros.
El acoso escolar, bullyng y hasta la discriminación en entornos escolares, explica la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal no son de competencia del Ministerio Público, sino que se trata de cuestiones administrativas que podrían ser atendidas y tratadas por el DIF.
Conclusión
La educación ha tenido avances significativos en materia de convivencia, costumbres, principios, tales que han de formar a un estudiante para cuando salga al mundo real, en este sentido, los maestros y los padres de familia tienen un papel activo importante, pues los hijos y alumnos son un reflejo de ellos, y el comportamiento que vean dentro y fuera de la escuela lo reproducirán en otros entornos.
Las medidas disciplinarias en cuanto a aplicación de normas son en algunas ocasiones de carácter subjetivas, pues los que juzgan no tienen los elementos suficientes para fallar a favor del alumno sin saber ciertamente si es culpable o no.
Se debe tomar en cuenta que detrás de un alumno agresivo, existe todo un entorno familiar, social y escolar que orilla al estudiante a tomar conductas negativas, aisladas o dañinas, esto propicia la discriminación por parte de los compañeros e incluso por docentes carentes de ética profesional.
La formación cívica y ética es fundamental para transmitir las competencias necesarias para la inclusión y la convivencia armoniosa con la sociedad, además construye ciudadanos con valores universales como el respeto, la equidad, la justicia, la libertad, la solidaridad, la diversidad y la responsabilidad, para que definan su conducta y carácter frente a la sociedad.



Bibliografía


Castro, M., & Rodríguez, A. (2012). Pensar en la educación ciudadana en el México de hoy. Perfiles Educativos, 129-141. Obtenido de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-26982012000500012&lng=es&tlng=es
Cortina, A. (1996). El quehacer ético. Madrid: Aula XXI/Santillana.
Diario Oficial de la Federación. (1917). Constitución Politica de los Estados Unidos Méxicanos. México: Trillas.
Diario Oficial de la Federación. (2014). Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. México: Trillas.
González, J., Jiménez, G., Navarro, M., & Cruz, F. (21 de agosto de 2014). Niño de nueves años hace "bullyn" a compañeros y maestros. Diario Excelsior. Obtenido de http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2014/08/21/977433
Latapí, P. (2003). El debato sobre los valores en la esucela mexicana. Fondo de Cultura Económica, 13-38.

Trejo, S. (s.f.). Una oportunidad de luchar. Contra laexclusión y el rechazo social desde la escuela. Obtenido de http://convivejoven.semsys.itesi.edu.mx/cargas/Articulos/

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